domingo, noviembre 24, 2024
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SCJN suspende por tiempo indefinido el ‘Plan B’ de reforma electoral

El Plan B que propone el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador es las modificaciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial, a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como la Ley General de Partidos Políticos. La propuesta analiza el ejercicio de derecho político-electorales, entre los que se incluye garantizar el voto a poblaciones vulnerables y la regulación de las cuotas de paridad de género; cambios al Sistema Nacional Electoral, que incluye modificaciones al calendario de elecciones, y en materia de justicia electoral.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la demanda de Controversia Constitucional que interpuso el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del ‘Decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral’.

El máximo tribunal del país informó que el caso conocido como Plan B en materia electoral corresponde ser analizado por el ministro Javier Laynez Potisek y éste admitió la demanda y concedió la suspensión “solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del Decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma”. Al darse a conocer el acuerdo emitido por el ministro Laynez, se informó que ya se solicitó a las autoridades demandadas (Congreso de la Unión y Ejecutivo Federal) que presenten su contestación dentro del plazo legal, para efecto de que sus argumentos sean analizados y con ello se elabore una propuesta de resolución.

La Corte señaló que “dicha suspensión fue otorgada debido a que el Decreto “no sólo contiene normas de carácter general sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede”. El tribunal indicó que “la SCJN ha resuelto en ocasiones anteriores que en Controversias Constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión aun tratándose de leyes, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos. En el caso que nos ocupa se trata de la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía”.

En la Controversia Constitucional presentada por el INE en este recurso fue presentado el en días pasados e impugna 200 artículos de la reforma electoral por “vulnerar” 25 disposiciones de la Carta Magna relativas a derechos laborales de los empleados del INE y derechos políticos de la ciudadanía. Este acuerdo se refiere a la segunda controversia interpuesta por el INE; la primera fue entregada el 1º de febrero contra los cambios a la Ley de Comunicación Social y de responsabilidades de servidores públicos.

El recurso presentado por el INE combate el decreto por el que se reforman la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la expedición de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2022.

Esta suspensión otorgada es distinta a la también solicitada y otorgada respecto de lo que se conoce como la primera fase del Plan B, promovida por municipios de Coahuila, estado de México, Nuevo León, Sonora y Michoacán, en la cual se señaló que las reformas a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas violan el principio constitucional de municipio libre, y cuyos efectos y definición inicial está bajo la ponencia del ministro Alberto Pérez Dayán.

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